Informe Problemática Suboficiales.

Una vez más ASFAS, en esta ocasión contando con la colaboración de la Junta Directiva de ASFASPRO,  ha realizado un informe acerca de la problemática que afecta a todos los suboficiales,  en el que se resumen de forma  precisa los agravios más importantes, aportando soluciones y realizando propuestas, que serían fáciles de llevar a cabo.

Son numerosos los problemas que actualmente afectan a la Escala de Suboficiales, pero de todos ellos, son siete los asuntos más conflictivos, no solo para el colectivo, sino para las Fuerzas Armadas en general.

Un elevado porcentaje de estos conflictos han sido generados por la actual Ley de la Carrera Militar y su normativa de desarrollo; otros por la falta de regímenes transitorios coherentes de legislaciones anteriores, pero todos tienen un común denominador que es la falta de voluntad manifiesta para reparar agravios y ofrecer a los suboficiales una digna, valorada y verdadera carrera profesional, con posibilidades reales y no arbitrarias de promoción, tanto vertical como horizontal.

En líneas generales, se propone la devolución de los derechos de ascenso de todos aquellos suboficiales realmente afectados por la aplicación de la disposición transitoria séptima. Además, se insta a la aplicación de la disposición adicional décima a todos aquellos suboficiales, especialmente del Ejército del Aire, cuyas expectativas profesionales eran similares a las del antiguo Cuerpo de Suboficiales del Ejército de Tierra, que se integraron como oficiales en la Escala Auxiliar.

También se expone la mejora integral de la promoción interna.

En relación con las evaluaciones y ascensos, se propone fijar un amplio período transitorio para poder cambiar las trayectorias profesionales y que el Consejo de Personal pueda actuar sobre la normativa reglamentaria. Por otro lado, como medida urgente y necesaria, se apuesta por la reordenación del escalafón del Ejército del Aire por fecha de adquisición del empleo de sargento.

Finalmente, se plantea la reclasificación de los trienios perfeccionados como suboficial en el grupo A2.

Junta Directiva ASFAS

Seguridad jurídica en las Fuerzas Armadas.

Cuando decimos “seguridad jurídica” estamos hablando del nivel de confianza que genera una nación. La palabra “seguridad” es sinónimo de tranquilidad, de calma, de certeza. Y en ese sentido el concepto “seguridad jurídica” se usa para calificar el grado de respeto por la ley que ofrece un país a sus ciudadanos y a la comunidad internacional. Seguridad jurídica es sinónimo de respeto por las instituciones.

Inseguridad es sinónimo de inestabilidad, y ésta conduce a la frustración. En ese marco, podría interpretarse como una manifestación de cansancio; sirva como ejemplo la nefasta situación de la Escala de Suboficiales debido a la falta de certezas jurídicas.

Todos tenemos tristes experiencias de lo que significa perder la confianza en una persona. Desde un compañero que nos falló o un familiar que nos sorprendió ingratamente con su conducta, hasta un amigo que no honró su deuda. Todos ellos son ejemplos que tienen un punto en común: generan inseguridad futura.

Pues bien, por más que nos cueste aceptar la realidad, éste es el sentimiento hacia los gobernantes de nuestro país que hoy experimenta cualquier suboficial que consiguió su despacho de Sargento con anterioridad al día 1 de enero de 1990, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/89. Tampoco los que lo hicieron posteriormente han salido mejor parados.

No nos inspiran seguridad. Y es lógico que sea así, pues no se han respetado las expectativas de carrera que otorgaban las leyes, a los suboficiales, en el momento del ingreso. No es el gobierno actual el que inspira desconfianza, son todos los que se han sucedido en el tiempo tras esa fecha, legislando en contra de la carrera del suboficial sin tener en cuenta los principios fundamentales de Buena Fe y de Confianza Legítima.

Pacta sunt servanda, locución latina, que se traduce como “lo pactado obliga”, expresa que toda convención debe ser fielmente cumplida por las partes de acuerdo con lo pactado, máxime si una de ellas compromete hasta la última gota de su sangre si fuese necesario. Aunque sabemos que la Administración no está obligada contractualmente, constituye un principio básico del derecho civil. Sin embargo, partimos de una realidad demostrable: las leyes de carrera militar se suceden una tras otra, aplicándose con carácter retroactivo y perjudicando de forma metódica a la Escala de Suboficiales, como si de un estado de excepción se tratase. Esencialmente, la declaración de emergencia contempla la suspensión o restricción de ciertos derechos fundamentales, pero habrá que convenir que no es el caso.

En este punto llegamos a la esencia del análisis: generar la confianza perdida es, hoy, el desafío crucial para la Administración y en consecuencia para las Fuerzas Armadas. No se trata de beneficiar a unas escalas más que a otras sino, por el contrario, aplicar de manera estricta el Principio de Igualdad que propugna la Constitución Española. Se trata de restituir lo que algunos consiguieron con los principios de igualdad, mérito y capacidad tras aprobar una dura oposición y superar los planes de estudios correspondientes. Es denominado el Suboficial como la “columna vertebral” de las FAS, pero luego de la enorme violación de lo pactado durante tres leyes sucesivas, a nuestra escala no le va a resultar fácil creer nuevamente en palabras sin que se produzcan hechos. Generar confianza es sinónimo de respeto, y eso es lo que se le pide a nuestros gobernantes para que consideremos, el nuestro, un país con seguridad jurídica: respeto por las normas, respeto por los fallos judiciales, respeto por los contratos y por las instituciones, pero sobre todo respeto por las personas que han permanecido calladas de una forma abnegada, con la convicción de que sus garantes velarían algún día por ellos.

Ese camino requiere de un plan, que debe ser respaldado por los dirigentes de nuestro país y que servirá como la mejor garantía para que el suboficial llegue a ser miembro de la institución disciplinada, jerarquizada y unida de un estado con seguridad jurídica.

Hay que trabajar en este sentido sin buscar culpables del daño ocasionado, pero siendo conscientes que el punto de partida debe ser el respeto, la búsqueda de la justicia y el trato igualitario entre todos los miembros de la Institución; todo ello visto desde un prisma totalmente objetivo. Llegados a este punto, hay que significar que no se debe pretender la “pesca en río revuelto” sino que se ha de buscar lo que sabiamente refleja el artículo 18 de las Reales Ordenanzas.

Justicia en las Fuerzas Armadas:

“Propiciará, con su actuación, que la justicia impere en las Fuerzas Armadas de tal modo que nadie tenga nada que esperar del favor ni temer de la arbitrariedad.

Un país que pretende alzarse entre los grandes no puede dejar de ofrecer el valor de la seguridad jurídica. Una escala envejecida, desmotivada, desconfiada e insegura, son sólo efectos. La causa es la incertidumbre generada por la falta de respeto a las normas.

Y a pesar de todo, seguimos en primera línea.

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NUEVOS CARGOS EN EL MINISDEF

Toma de posesión del secretario de Estado y de la subsecretaria de Defensa. Morenés pide “rigor y eficacia” para resolver los problemas de España

Madrid, 9/01/2012

El ministro asegura que Pedro Argüelles e Irene Domínguez-Alcahud forman un equipo “sólido y coordinado” que garantiza el futuro de la Defensa de España

El ministro de Defensa, Pedro Morenés, ha presidido hoy la toma de posesión del secretario de Estado de Defensa, Pedro Argüelles, y de la subsecretaria de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud, de quienes ha dicho que forman un equipo “sólido y coordinado” que proporcionará beneficios a las Fuerzas Armadas y a la Defensa de España.

Pedro Morenés ha recordado que la situación que vivimos “nos obliga a afrontar con rigor y con eficacia una gestión que permita contribuir a resolver los problemas que España tiene planteados”, y ha destacado que ambos han demostrado ya “su capacidad de trabajo, su eficaz gestión, su sensibilidad hacia los problemas de la Defensa y su lealtad a nuestras Fuerzas Armadas”.

Del nuevo secretario de Estado, Pedro Argüelles, el ministro de Defensa ha subrayado su sólida formación, su experiencia en la gestión de grandes empresas, su visión amplia y global en la gestión de recursos materiales, así como su conocimiento de la transformación y modernización vivida por nuestras Fuerzas Armadas desde su profesionalización.

El ministro ha destacado también la brillante carrera profesional de la nueva subsecretaria de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud, “buena conocedora de esta casa”, lo que le permitirá asumir la iniciativa en la reestructuración orgánica del Ministerio de Defensa y dar los primeros pasos en lo que se refiere a la Administración Militar y los órganos centrales.

Pedro Morenés ha finalizado su intervención agradeciendo la disposición de los dos para sumarse a este servicio a la nación de manera responsable y comprometida.

Desde ASFAS esperamos que estos nuevos cargos se tomen en serio los problemas que afectan a los suboficiales y hagan todo lo que esté en sus manos para resolverlos.

Fuente: Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/gabinete/notasPrensa/2012/01/DGC_120109_tomaposesion_sedef.html

Nueva página web de ASFASPRO

Recientemente se ha creado ASFASPRO (Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas) que con fecha 21/12/2011 ha solicitado su inscripción en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Defensa con el número de registro D-OC-CG-000000-E-11-139799. El Ministerio dispone de un plazo de tres meses para comunicar que ha llevado a cabo el registro, siendo el silencio administrativo considerado como positivo.

A la espera de confirmación de registro por parte del Ministerio de Defensa, ASFASPRO ha creado una página web www.asfaspro.es donde se dará puntual información sobre el proceso que lleva dicho trámite.

También se  puede consultar en la web todo tipo de información relacionada con la asociación, desde la carta en que la Junta Directiva da su bienvenida, pasando por los Estatutos de creación de la Asociación, incluido un procedimiento informando de cómo realizar la preinscripción, y terminando por el apartado de “Dudas y Preguntas” en el que se resuelven de forma esclarecedora las posibles dudas que pudiera haber.

No dejéis de visitar www.asfaspro.es

Inscripción en ASFASPRO

La Junta Directiva de ASFAS ha confeccionado este documento con la intención de que sirva para disipar las posibles dudas que nuestros socios puedan tener sobre la inscripción en la futura Asociación Profesional ASFASPRO, que con fecha 21/12/2011 ha solicitado su inscripción en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Defensa con el número de registro D-OC-CG-000000-E-11-139799. El Ministerio dispone de un plazo de tres meses para comunicar que ha llevado a cabo el registro, siendo el silencio administrativo considerado como positivo.

Art. 36.5. El plazo de inscripción en el Registro será de tres meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa se entenderá estimada la solicitud de inscripción.

La  Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas contempla un solo caso de incompatibilidad a la hora de estar inscrito en alguna de ellas, y es el de no poder pertenecer a más de una asociación PROFESIONAL al mismo tiempo. Por tanto, es perfectamente legal pertenecer a ASFAS y ASFASPRO, ya que una de ellas no es profesional.

Art. 34.3. Los miembros de las Fuerzas Armadas sólo podrán afiliarse a las asociaciones de carácter profesional reguladas en este capítulo, las cuales únicamente se podrán agrupar entre ellas mismas. También podrán formar parte de organizaciones internacionales de su mismo carácter.

A continuación se exponen algunas preguntas típicas realizadas por algunos de nuestros socios:

¿Por qué hay necesidad de crear una Asociación Profesional?.

Con la entrada en vigor de la  LODDFAS se establece en su disposición final décima la creación del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

Disposición final décima. Constitución del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas y del Observatorio de la vida militar.

El Gobierno, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, procederá a regular el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas y a establecer el calendario para su constitución.

Las asociaciones profesionales, podrán por tanto estar representadas en el Consejo de Personal:

Art. 40.2. Las asociaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 48.2, podrán:

a) Estar representadas en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

b) Contribuir por medio de informes o consultas en el proceso de elaboración de proyectos normativos que afecten al régimen de personal.

c) Presentar propuestas o realizar informes en relación con los asuntos que sean competencia del Consejo.

Del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas

Artículo 46. Ámbito de actuación.

1. La participación de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas y su interlocución con el Ministerio de Defensa, tendrá lugar en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, ante el que podrán plantear propuestas o sugerencias en materias relacionadas con su estatuto y condición de militar, el ejercicio de los derechos y libertades, el régimen de personal y las condiciones de vida y trabajo en las unidades.

¿Puedo pertenecer a ASFAS y  ASFASPRO al mismo tiempo?

Sí, no hay ninguna limitación legal que lo impida.

Art. 34.3. Los miembros de las Fuerzas Armadas sólo podrán afiliarse a las asociaciones de carácter profesional reguladas en este capítulo, las cuales únicamente se podrán agrupar entre ellas mismas. También podrán formar parte de organizaciones internacionales de su mismo carácter.

Art. 34.5. Sólo se podrá estar afiliado a una asociación profesional de las reguladas en este capítulo.

¿Por qué ser de ASFASPRO si ya lo soy de ASFAS?.

Únicamente las Asociaciones Profesionales podrán formar parte del Consejo de Personal, y ASFAS no lo es. Por tanto, para poder contar con el suficiente número de socios para tener representación en el futuro Consejo  de Personal, es necesario pertenecer a ASFASPRO. Todos sabemos los beneficios que esto puede reportar a la escala de Suboficiales.

Art. 48.2. Para poder acceder al Consejo, las asociaciones deberán contar, en relación a los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a las que se refiere el artículo 34.1 de esta ley, con un mínimo de afiliados del 1%, si sus estatutos están abiertos a todas las categorías contempladas en dicho artículo, del 3% de los miembros de su categoría si la asociación es exclusivamente de oficiales o de suboficiales, y del 1,5% en el caso de las asociaciones de militares de tropa y marinería. En el supuesto de que incluyan afiliados de dos categorías, deberán cumplir esos porcentajes en cada una de ellas. Los porcentajes se podrán reducir mediante Real Decreto del Consejo de Ministros con objeto de facilitar la adecuada representatividad y funcionalidad del Consejo, y habrán de referirse a los datos hechos públicos por el Ministerio de Defensa al finalizar cada año natural.

¿Por qué se mantiene ASFAS si se crea ASFASPRO?.

Por varias razones:

1.- Hay compañeros que no cumplen las condiciones para formar parte de ASFASPRO (LODDFAS) y quieren seguir formando parte de esta Asociación.

2.-Existen procedimientos contenciosos abiertos con la administración que se perderían.

3.- ASFAS podrá mantener su libertad de acción al estar fuera del alcance de las reglas de juego establecidas por la LODDFAS.

Si me doy de alta en ASFASPRO siendo ya de ASFAS, ¿tendré que pagar más?

Ser de las dos asociaciones no supone tener que pagar más, ya que si ya eres de ASFAS y has pagado la cuota correspondiente al año 2012, tendrás cubierta la cuota de ASFASPRO para 2012, si así lo indicas en la solicitud de inscripción.

CUADRO RESUMEN SOBRE COMPATIBILIDAD DE PERTENENCIA A VARIAS ASOCIACIONES

¿PUEDO ASOCIARME A ASFAS?

¿PUEDO ASOCIARME A ASFASPRO?

NO SOY SOCIO DE ASFAS

SI

SI

NO SOY SOCIO DE ASFASPRO

SI

SI

SOY SOCIO DE ASFAS

SI

SOY SOCIO DE ASFASPRO

SI

SOY SOCIO DE OTRA ASOCIACION PROFESIONAL

SI

NO

SOY SOCIO DE OTRA ASOCIACION NO PROFESIONAL

SI

SI

Art. 34.5. Sólo se podrá estar afiliado a una asociación profesional de las reguladas en este capítulo.

Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

La Asociación de Suboficiales de la Fuerzas Armadas, ASFAS, felicita al Sr D. Pedro Morenés por su nombramiento como Ministro de Defensa y le desea que obtenga los máximos logros profesionales en el desarrollo de su labor.

Así mismo, espera y desea que la línea de trabajo a desarrollar durante esta Legislatura tenga entre sus puntos más destacados de trabajo, preservar la seguridad jurídica del personal militar.

Revista Ateneadigital.es: Pedro Morenés, un gestor al frente del Ministerio de Defensa

ASFAS. Diciembre 2011

Asociación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas

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