Buenos días
Es un Subtte, del ET, del Cuerpo General, con especialidad fundamental Automoción destinado en el RAAA73 (a no ser que sea de otro lado y tenga el domicilio en la CCAA de Murcia)
La Juez no va muy fina y el resto de la sala está pensando en cómo se lo va a pasar el find e semana que comienza en la Manga del Mar Menor
La resolución del MAAA, como pocas he visto
El planteamiento del Subtte, lo descozco, pero si hubiera tirado por el RE7-011...
PRIMERO: donde en su punto 1.1.a establece que aun no pudiendo contemplar todas las citrcunstancias, dicho reglamento sí marca criterios de cararcter general a lo que habra de amoldarse las Ud.
SEGUNDO: En los anexos del citado ( Glosario de términos G-1) dice que la Instrucción de Orden Cerrado comprende la Individual y la de Unidades
TERCERO: Y respecto a ésta, dice: Es la que se refiere a las formaciones, movimientos y evoluciones, de la Unidad como conjunto aislado o como fracción de la Unidad Superior, a pie , en vehículos o con ganado.
Podría establecer que la participación en formaciones e instrucción de orden cerrado, habría de ser sobre las Unidades Orgánicas, y que actualmente , dicho Rgto no cuenta a tal fin con la adecudada al empleo y capacidad del subtte, pues no dispone de Sección de Personal de Automoción.
( que no vale el resto de especialistas ya que como se dijo todos pertenecemos al Cuerpo General y cada uno tiene su fundamental, y aunque hayan englobado a "aplastabotes" y "motakas" en el mismo saco, no lo es con los "tocheros" )
Un saludo